El Tribunal de Justicia de la Unión Europea reafirma la regulación del gasoducto Nord Stream 2
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha confirmado este jueves que el gasoducto Nord Stream 2, que conecta Rusia con Alemania a través del mar Báltico, debe cumplir con las normativas del mercado del gas establecidas por la Unión Europea. La decisión llega tras rechazar el recurso presentado por la empresa responsable de la infraestructura contra las obligaciones impuestas por la UE a los gasoductos procedentes de países terceros.
Preservación de las reglas desde 2019 y su impacto en Nord Stream 2
La sentencia reafirma una decisión previa del Tribunal General y mantiene vigentes las regulaciones introducidas en 2019. Estas regulaciones exigen la separación de las actividades de suministro de gas de la gestión de las redes de transporte, el acceso de otros operadores a dichas infraestructuras y buscan garantizar mayor transparencia en el sector. La normativa buscaba también extender estas obligaciones a los gasoductos que conectan Estados miembros con países no comunitarios, incluidos aquellos en sus aguas territoriales.
Impedimentos para exenciones y efectos en la infraestructura existente
La regulación de 2019 permitió posibles exenciones para instalaciones terminadas antes del 23 de mayo de 2019. Sin embargo, Nord Stream 2 AG impugnó esta disposición ante la justicia europea. En su fallo, el TJUE sostiene que la compañía no podía confiar en quedar exenta de dichas obligaciones, al señalar que las instituciones europeas no le ofrecieron garantías de que las normas del mercado del gas no se aplicaran a su infraestructura. La corte también afirmó que existen “numerosos indicios” de que estas regulaciones se aplicarían a los gasoductos procedentes de países terceros, incluido Nord Stream 2, desde años antes de su adopción, por lo que rechazó que la empresa tuviera derecho a un período transitorio o a una compensación económica.
Justificación de la regulación y protección del mercado del gas
Además, el Tribunal Europeo señala que aplicar estas reglas a infraestructuras que atraviesan aguas territoriales de Estados miembros ayuda a evitar un vacío jurídico y aporta mayor coherencia a la legislación comunitaria respecto al mercado del gas. En materia de competencia, respalda la exigencia de separar la gestión de las redes del suministro de gas, considerando que esto previene abusos por parte de empresas dominantes que controlan múltiples ámbitos del sector.
El tribunal también aclara que, aunque sea improbable que otros operadores soliciten utilizar Nord Stream 2, ello no elimina su derecho a acceder a este gasoducto y a sus capacidades de transporte, en línea con la normativa europea. Finalmente, la justicia europea afirma que la estructura de propiedad de la compañía no justifica una exención de estas obligaciones, ya que permitirlo reduciría la efectividad de las medidas de separación y regulación aprobadas.





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