Perú

Legisladores de Juntos por el Perú proponen una ley de amnistía para Pedro Castillo y otros judicializados por protestas tras el golpe de 2022

Juntos por el Perú propone amnistía para Pedro Castillo y otros implicados en la crisis política desde 2021, excluyendo delitos graves.

Legisladores de Juntos por el Perú proponen una ley de amnistía para Pedro Castillo y otros judicializados por protestas tras el golpe de 2022
La propuesta de amnistía busca pacificación tras la crisis política, beneficiando a implicados desde 2021, excluyendo delitos graves y violaciones de derechos humanos.

Propuesta de amnistía en la Cámara de Diputados busca beneficiar a implicados en la crisis política

La bancada de Juntos por el Perú presentó ante la Cámara de Diputados un proyecto de ley que podría beneficiar al expresidente Pedro Castillo y a otras personas investigadas, procesadas o condenadas por hechos relacionados con la crisis política y social que comenzó en 2021. La iniciativa abarca hechos vinculados al mensaje del 7 de diciembre de 2022 y casos originados en protestas y movilizaciones ocurridas desde julio de ese año.

Alcance y condiciones de la propuesta legislativa

Impulsado por la congresista Catherin Palomino Casavilca, el proyecto propone que la amnistía aplique a hechos ocurridos desde el 28 de julio de 2021 hasta el día previo a la entrada en vigor de una posible ley de su tipo. La normativa contemplaría casos en distintas fases del proceso penal, incluyendo diligencias preliminares, investigaciones preparatorias, juicios, apelaciones y ejecuciones de sentencia.

Según la formulación legal, la amnistía extinguiría la acción penal y las penas impuestas, incluyendo medidas de seguridad y sanciones accesorias. Además, podría dejar sin efecto órdenes de detención, prisión preventiva y requisitorias, así como borrar antecedentes policiales, judiciales y penales relacionados con los hechos cubiertos por la ley.

Objetivo de la iniciativa y antecedentes constitucionales

El proyecto busca contribuir a la pacificación y reconciliación nacional en un contexto marcado por la intensificación de la crisis tras los sucesos del 7 de diciembre de 2022 y las movilizaciones subsecuentes. La propuesta sostiene que su finalidad es evitar que el derecho penal sea utilizado contra la participación en actividades como reuniones pacíficas, libertad de expresión y participación política, fundamentándose en normas constitucionales, tratados internacionales y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Condiciones, exclusiones y alcance de la amnistía

La iniciativa establece que la amnistía se concedería por hechos y no por identidad específica de personas. Por ello, cualquier implicado cuya conducta encaje en los supuestos descritos, independientemente de su cargo, función o situación procesal, podría acogerse a ella. Quienes deseen que su caso sea resuelto en sede judicial podrán renunciar expresamente al beneficio antes de que se dicte la resolución definitiva.

Uno de los aspectos destacados del proyecto es que la amnistía cubriría actos previos, preparatorios y posteriores relacionados directamente con el discurso emitido por Pedro Castillo el 7 de diciembre de 2022, cuando anunció su intención de disolver el Congreso y establecer un gobierno de excepción. Esto incluiría la elaboración, lectura, difusión y ejecución administrativa del mensaje, sin importar la calificación jurídica que tuviera la conducta relacionada.

Limitaciones y delitos excluidos de la propuesta

Asimismo, el proyecto excluye los delitos que involucren genocidio, crímenes de lesa humanidad, de guerra o graves violaciones a los derechos humanos, como homicidio doloso, lesiones graves, violencia sexual, tortura y desaparición forzada. La propuesta también abarca acciones de protestas, bloqueos, tomas de espacios o locales públicos, y actividades relacionadas con la organización y difusión de estas acciones colectivas, siempre que no impliquen delitos con fines de lucro o actividades ilícitas de mayor gravedad.

Entre los delitos que podrían quedar comprendidos se incluyen disturbios, perturbación de la tranquilidad pública, daños, usurpación y resistencia a la autoridad, si no hubieran causado lesiones graves. La iniciativa también contempla imputaciones por extorsión en el contexto de protestas, siempre que no exista un motivo de lucro, así como la posible incorporación de casos de organización criminal cuando la participación se base en la convocatoria o financiamiento de las movilizaciones.

Exclusiones y procedimientos para la aplicación de la ley

Quedarían fuera de la amnistía delitos cometidos con fines de lucro o venganza personal, el uso de armas, explosivos o materiales militares, y delitos asociados a actividades ilícitas como tráfico de drogas, minería ilegal, contrabando y lavado de activos. También se mantiene vigente que no serían beneficiados aquellos funcionarios públicos, integrantes de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional investigados por el uso excesivo de la fuerza durante operativos de control del orden público, manteniéndose abiertas las investigaciones y procesos por muertes, lesiones y otras graves violaciones a los derechos humanos atribuibles a agentes estatales.

De aprobarse, fiscales y jueces podrían aplicar la ley de oficio o a solicitud de las partes, con un plazo de diez días hábiles para resolver cada petición. Además, el Instituto Nacional Penitenciario estaría obligado a ejecutar cualquier orden de excarcelación en un plazo máximo de 24 horas, siempre que no exista otra orden de prisión vigente para el beneficiario.

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