La Justicia penal de Argentina confirmó de manera definitiva que el gendarme carancho que simuló ser atropellado durante un operativo de seguridad sobre la autopista Panamericana en el año 2014 se sentará en el banquillo de los acusados. La decisión fue adoptada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que declaró inadmisible el recurso de queja presentado por la defensa técnica del funcionario militarizado. Con el respaldo de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal del país vecino dio luz verde para que se fije fecha de inicio al debate oral y público.
El expediente principal sitúa el origen de la controversia en el mes de julio de 2014, en el contexto de una serie de protestas y caravanas vehiculares encabezadas por trabajadores de la empresa autopartista Lear a la altura de la localidad de General Pacheco, en el partido bonaerense de Tigre. En aquella oportunidad, las Fuerzas de Seguridad nacionales montaron un dispositivo especial para impedir que la manifestación interrumpiera el flujo del tránsito vehicular en la traza troncal que conecta la zona norte con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En medio de la tensión del operativo de despeje, el entonces cabo y actual comandante Juan Alberto López Torales encabezaba uno de los cordones de contención de la Gendarmería Nacional Argentina. De acuerdo con las actuaciones judiciales recopiladas durante la etapa de instrucción, mientras la columna de automóviles avanzaba a velocidad sumamente reducida y a baja marcha, López Torales dio varios pasos hacia adelante y se arrojó de manera deliberada contra la trompa y el parabrisas de un vehículo particular conducido por el manifestante Adolfo Buscuolano.
La maniobra, ejecutada frente a las cámaras de televisión y los teléfonos móviles de los presentes, sirvió de justificativo inmediato para que las tropas de la fuerza de seguridad irrumpieran de manera violenta sobre el automóvil. En cuestión de segundos, los efectivos destrozaron a culatazos los cristales del rodado, redujeron por la fuerza física al conductor, lo arrastraron fuera de la habitabilidad de su vehículo y lo trasladaron esposado hacia una dependencia de retención en calidad de detenido.
A las pocas horas del hecho, la versión institucional difundida por los mandos operativos sostenía que el civil había actuado de forma imprudente y temeraria, arremetiendo intencionalmente contra la integridad física de la autoridad castrense con el objetivo de romper el cerrojo de seguridad. De hecho, el propio López Torales prestó declaración testimonial en sede administrativa y judicial reafirmando que había sido víctima de un embestimiento violento que puso en riesgo su vida. Sin embargo, la posterior aparición de filmaciones en alta resolución tomadas desde diversos ángulos desarticuló por completo la narrativa policial y demostró que el uniformado buscó deliberadamente el impacto.
La difusión pública de las imágenes provocó un repudio generalizado y derivó en que la opinión pública rebautizara al funcionario bajo el apodo de «gendarme carancho», una denominación utilizada popularmente en la región del Río de la Plata para calificar a aquellas personas que fraguan o provocan accidentes viales falsos con la finalidad de incriminar ilícitamente a un tercero o cobrar indemnizaciones indebidas.
Elevaron a juicio oral la causa contra Juan López Torales, «El gendarme carancho». Simuló ser atropellado en una protesta.
«Quedará en la historia como la acción más ridícula que se pueda imaginar, pensada para criminalizar la protesta social», indicó la abogada @myriambregman. pic.twitter.com/AaWa1OYlHe
— Tiempo Judicial (@TiempoJudicial) November 12, 2024
Gendarme carancho que simuló ser atropellado: el recorrido judicial del caso y los cargos penales
La causa penal quedó radicada inicialmente en el Juzgado Federal N° 1 de San Isidro, a cargo de la magistrada Sandra Arroyo Salgado. Tras compulsar los peritajes audiovisuales y analizar la conducta de los efectivos intervinientes, en mayo de 2016 la jueza resolvió procesar a López Torales por los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por haber sido cometida con violencia y falso testimonio. La medida fue posteriormente ratificada por la Sala II de la Cámara Federal de San Martín, consolidando el cuadro probatorio reuniendo testimonios de periodistas, manifestantes y peritos balísticos e instructores de manejo.
A pesar de la contundencia de las pruebas acumuladas, la causa atravesó extensas demoras procesales fruto de las sistemáticas apelaciones formuladas por la representación legal del imputado. En el año 2024, la jueza de la causa dio por cerrada la instrucción preliminar y dispuso formalmente la elevación a juicio. Ante ese escenario, la defensa del comandante interpuso un recurso extraordinario solicitando el sobreseimiento definitivo y el cierre por prescripción de la acción penal, argumentando el transcurso del tiempo desde la ocurrencia de los hechos en 2014.
Al agotar las instancias ordinarias, el planteo llegó hasta el máximo tribunal del país vecino, el cual desestimó de plano la queja al considerar que no se demostró una vulneración concreta a las garantías del debido proceso. Con este dictamen inapelable, la justicia penal ordinaria quedó habilitada para fijar la fecha definitiva del debate oral y público.
Durante las futuras audiencias, López Torales deberá responder no solo por haberse abalanzado de forma premeditada contra el vehículo civil, sino también por la confección y firma del acta de procedimiento. La Fiscalía sostiene que en dicho documento público se volcaron a sabiendas datos ideológicamente falsos para sustentar el arresto ilícito de Buscuolano, quien permaneció privado de su libertad durante horas y debió afrontar un proceso penal infundado hasta que la evidencia fílmica demostró su inocencia.
El dictamen definitivo de la Corte Suprema sienta un precedente significativo sobre la responsabilidad administrativa y penal que atañe a los integrantes de los cuerpos militarizados en la gestión del orden público. Organismos de derechos humanos y agrupaciones de abogados de trabajadores celebraron la ratificación de la medida, señalando que la elevación a juicio constituye una advertencia indispensable frente a los intentos de instrumentalizar actas policiales apócrifas para criminalizar la protesta social en la vía pública.
En la instancia de juicio, el tribunal juzgador deberá escuchar la declaración de decenas de testigos y analizar nuevamente en la sala de audiencias el material fílmico que desarmó la estratagema oficial. De ser hallado culpable, López Torales enfrenta penas que contemplan la prisión de cumplimiento efectivo y la inhabilitación perpetua para el desempeño de cargos públicos en las fuerzas armadas o de seguridad del Estado.






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