La nueva ley busca recuperar propiedades abandonadas para uso social

La reciente aprobación de una ley que habilita a las intendencias a expropiar propiedades abandonadas con el fin de volcarlas al mercado de vivienda accesible ha disparado un debate que mezcla justicia social con el derecho sagrado a la propiedad privada. En un contexto donde el déficit habitacional es una herida abierta en las ciudades uruguayas, el Estado busca herramientas para revitalizar fincas que hoy son poco más que ruinas que acumulan basura y generan inseguridad. Sin embargo, detrás del objetivo loable, subyace una pregunta incómoda: ¿quién define cuándo una propiedad está realmente «abandonada» y qué garantías reales tiene el dueño ante este nuevo superpoder municipal?

La lógica detrás del martillo

El argumento oficial es difícil de rebatir en los papeles: la existencia de inmuebles en estado de abandono en zonas urbanas consolidadas —donde ya hay servicios, luz, agua y transporte— es un desperdicio criminal de recursos. La nueva normativa faculta a las comunas a identificar estos activos, declarar su interés público y avanzar hacia la expropiación. La intención es clara: que esas estructuras, hoy focos de ratas y peligro, se conviertan en soluciones para familias que no pueden acceder a los alquileres actuales.

Pero la implementación es donde los fantasmas empiezan a aparecer. La historia de la burocracia estatal en Uruguay no es precisamente un ejemplo de agilidad ni de justicia precisa. La preocupación de juristas y propietarios privados es evidente: se abre una puerta peligrosa donde una gestión municipal podría, bajo el pretexto de la «vivienda accesible», intervenir en la propiedad de individuos por criterios discrecionales, tiempos políticos o simple necesidad de caja.

Los puntos de fricción

  • El criterio de abandono: ¿Qué define a una casa abandonada? ¿Un dueño que no ha podido refaccionar por falta de fondos? ¿Una sucesión interminable? La ambigüedad del término es el caldo de cultivo perfecto para la arbitrariedad.

  • El costo político vs. el costo real: Las intendencias deberán contar con los fondos para pagar estas expropiaciones. ¿De dónde saldrá el dinero? Si la intendencia no tiene capacidad de gestionar el mantenimiento de sus propios espacios públicos, ¿qué garantía hay de que podrá llevar adelante un plan de vivienda de calidad?

  • El precedente: Esta ley marca un giro en la relación entre el Estado y el ciudadano propietario. Se le da a la intendencia una potestad que, si no se regula con una transparencia de hierro, puede convertirse en una herramienta de presión política.

La vivienda como eje, la burocracia como riesgo

La vivienda accesible es una necesidad urgente, y nadie en su sano juicio defenderá que un edificio se caiga a pedazos en pleno centro mientras hay gente durmiendo en la calle. Pero la solución no puede ser el atajo estatal. Si el Estado quiere que las viviendas privadas cumplan una función social, debe trabajar en incentivos, en facilitar la regularización de títulos y en bajar los costos de construcción, en lugar de recurrir al garrote de la expropiación como primera respuesta.

Montevideo y otras ciudades del interior tienen centros históricos que parecen barrios fantasmas debido a la alta carga impositiva y a la pesada burocracia. Antes de salir a expropiar, quizás el Estado debería preguntarse por qué esas propiedades terminaron abandonadas. La nueva ley es una herramienta poderosa, sí, pero en manos de una administración estatal poco eficiente y altamente politizada, corre el riesgo de ser un nuevo foco de conflictos judiciales, injusticias y, a largo plazo, de edificios estatales nuevos que terminarán, irónicamente, también en estado de abandono.