En un movimiento que ha despertado el interés y la preocupación de diversos actores del ámbito político y estadístico colombiano, la Asociación Colombiana de Empresas de Mercado y Opinión Pública (ACEI) ha solicitado formalmente al Consejo Nacional Electoral (CNE) la derogación de la Resolución 1197 de 2026. Esta norma, destinada a regular aspectos técnicos de las encuestas electorales en Colombia, ha sido calificada por el gremio como un factor de ‘inseguridad jurídica’ para las empresas encuestadoras.
La génesis de la controversia
La petición fue entregada el 8 de mayo de 2026 al magistrado del CNE, Ricardo Quiroz. En el documento, la ACEI expone detalladamente sus objeciones frente a los nuevos criterios técnicos introducidos por la resolución, los cuales superan, según el gremio, las metodologías utilizadas incluso por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) en diversas operaciones estadísticas.
La preocupación principal de la ACEI radica en un apartado específico de la resolución, en el que se indica que para interpretar las definiciones estadísticas, se deben considerar los conceptos estandarizados del Dane como referente técnico. Aunque la Ley 2494 de 2025 establece ciertos parámetros técnicos para las firmas encuestadoras, la resolución 1197 añade requisitos que, según la asociación, no fueron definidos por el legislador.
Cuestionamientos a los nuevos requisitos técnicos
Entre los elementos más debatidos de la resolución se encuentran el efecto de diseño de las muestras (Deff) y el coeficiente de variación (CVE). La ACEI argumenta que estos parámetros no están desarrollados de la misma manera en la ley de 2025, lo que genera un conflicto en la aplicación de la norma.
El gremio también subraya que el catálogo oficial del Dane solo incluye una definición asociada al CVE, y que las interpretaciones adicionales sugeridas por la comisión encargada del tema no están claramente previstas en la ley. Este escenario, según la ACEI, representa un ‘desborde’ de competencias respecto a la legislación vigente, ampliando el alcance de la Ley 2494 y creando condiciones adicionales para las empresas de medición de opinión pública.
Impacto en la seguridad jurídica
La ACEI advierte que la resolución genera un entorno de inseguridad jurídica no solo para las firmas encuestadoras, sino también para el propio proceso de evaluación a cargo del CNE. En su comunicación, el gremio destaca que la problemática no se limita a la oportunidad con la que se emitió la resolución, sino que está vinculada a un problema de fondo relacionado con el alcance de las disposiciones adoptadas.
La aplicación de la norma en procesos y encuestas ya en curso podría, según la ACEI, derivar en interpretaciones que contravienen principios fundamentales como la legalidad, la seguridad jurídica y el debido proceso. Por esta razón, la asociación aboga por la derogación de la resolución y la creación de una regulación nueva que se ajuste ‘estrictamente’ al marco legal vigente.
Comparaciones con el Dane y conclusiones
El documento enviado al magistrado Quiroz concluye que la resolución, si bien intenta establecer un marco técnico riguroso, podría estar afectando principios esenciales del ordenamiento jurídico colombiano. La ACEI sostiene que cualquier medida que exceda lo contemplado en la Ley 2494 socava el ejercicio de la evaluación por parte del CNE y genera un escenario de confusión e incertidumbre.
La discusión sobre la Resolución 1197 abre un debate más amplio sobre el papel de las regulaciones técnicas en el ámbito de las encuestas electorales y la necesidad de asegurar que estas normas sean claras, precisas y respetuosas del marco legal establecido.
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