Enfermeras condenadas en Artigas tras intentar comprar un bebé: la Justicia impuso libertad a prueba, controles estrictos y medidas accesorias, según denunció INAU
Las enfermeras condenadas en Artigas recibieron penas de 23 y 4 meses, ambas bajo régimen de libertad a prueba. Según la denuncia del INAU, contactaron a una mujer con embarazo avanzado y le propusieron entregar al bebé por dinero. El tribunal entendió que intentaron esquivar el circuito legal de adopción y les impuso sanciones y controles.
Enfermeras condenadas en Artigas: qué resolvió la Justicia
La causa se definió con dos resultados diferentes. Una de las imputadas fue declarada autora de tres delitos de apropiación de menores para adopción y recibió 23 meses. La otra fue considerada cómplice y recibió 4 meses. Ninguna irá a la cárcel si cumple el plan de supervisión judicial.
Enfermeras condenadas en Artigas: libertad a prueba y controles
El fallo fijó un andamiaje estricto. Para la primera condenada:
-
Fijación de domicilio y presentaciones de control.
-
Arresto domiciliario nocturno.
-
Tobillera electrónica durante parte de la pena.
Para la cómplice:
-
Tareas comunitarias supervisadas.
-
Presentación semanal en una seccional policial.
Son condiciones habituales en este tipo de sentencias alternativas: reducen el encierro, pero exigen cumplimiento estricto. Cualquier desvío puede reabrir la puerta a la prisión efectiva.
Cómo se armó el caso y por qué intervino el INAU
La denuncia del INAU activó la investigación. El organismo advirtió señales de adopción irregular: ofrecimiento de dinero, intento de acordar la entrega sin jueces ni equipos técnicos, y presión sobre una mujer en situación de vulnerabilidad social. En cambio, el proceso legal exige entrevistas, informes y una resolución judicial que proteja a la niña o el niño.

Condena a enfermeras en Artigas por adopción irregular
La adopción en Uruguay tiene un camino marcado: evaluación de familias habilitadas, seguimiento psicosocial, garantías para el recién nacido y resolución judicial. Saltarse ese circuito abre la puerta a abusos y trata. El mensaje del fallo es nítido: aun con “buenas intenciones” declaradas, comprar o negociar una entrega es un delito.
El componente ético: poder, dinero y vulnerabilidad
No se trata solo de un trámite. La ecuación incluye asimetrías: profesionales con ingresos estables frente a una mujer sin red ni recursos. Por eso, el derecho tutela a las personas gestantes y, sobre todo, a las infancias. La sentencia busca desincentivar prácticas clandestinas que se apoyan en la necesidad ajena.
Reacciones y precedente
Para operadores del sistema, el caso funciona como precedente contra las adopciones irregulares. Señala responsabilidades, fija consecuencias y recuerda que los atajos dañan a todos: a la familia de origen, a la de destino y, en el centro, a la o el bebé. De todos modos, el foco no termina en la sanción: también urge reforzar información pública y acompañamiento temprano.
Qué mirar hacia adelante
-
Más difusión sobre el proceso formal de adopción y sus tiempos.
-
Apoyo psicosocial a mujeres y familias en crisis, antes de que aparezcan ofertas indebidas.
-
Capacitación a equipos de salud sobre cómo derivar situaciones sensibles.
-
Coordinación sostenida entre Salud, INAU y Justicia.
Preguntas rápidas, respuestas claras
¿Hubo cárcel? No, se sustituyó por libertad a prueba con condiciones severas.
¿Quién denunció? INAU, tras detectar indicios de adopción por fuera de la ley.
¿Qué delitos se tipificaron? Apropiación de menores para adopción (autora) y complicidad (otra imputada).
¿Qué protege el sistema? La dignidad y el interés superior del niño, además de la integridad de la persona gestante.