México

La Suprema Corte respalda límites a comida chatarra en instituciones educativas

La SCJN valida normas que limitan comida chatarra en escuelas, protegiendo la salud estudiantil sin afectar la libertad de comercio.

La Suprema Corte respalda límites a comida chatarra en instituciones educativas
La SCJN respalda restricciones alimentarias en escuelas para combatir sobrepeso y obesidad, sin prohibir venta fuera de los planteles.

La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha validado las nuevas normas alimentarias para las instituciones educativas, declarando que los lineamientos emitidos por la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Secretaría de Salud son compatibles con la Constitución. El 13 de octubre, durante una sesión, el Pleno resolvió los amparos en revisión número 127, 183 y 91.

Extensión de las normas alimentarias

Estas medidas buscan limitar la oferta de ciertos productos dentro de los planteles educativos para promover una alimentación adecuada y proteger la salud de los estudiantes, sin embargo, no prohíben el consumo ni la comercialización de dichos productos fuera de las escuelas. La SCJN estableció que tanto las autoridades educativas como las sanitarias tienen la potestad para regular la preparación, distribución y venta de alimentos y bebidas, basándose en criterios nutrimentales.

Aplicación en educación media y superior

El fallo de la SCJN también contempla la aplicación de dichas reglas alimentarias en instituciones de educación media y superior, a pesar de que los estudiantes de estas instituciones ya sean mayores de edad. La decisión se fundamenta en la obligación del Estado de proteger el derecho a la salud, lo cual incluye el entorno educativo.

Impacto en las empresas y publicidad

La SCJN determinó que las restricciones impuestas no vulneran la libertad de comercio, ya que las empresas tienen la opción de adaptar sus productos o venderlos fuera de los planteles. Las cargas económicas que puedan surgir de estas regulaciones no exceden el objetivo de proteger a la comunidad educativa. En uno de los casos revisados, el Pleno ratificó la prohibición de vender y hacer publicidad de productos con sellos o leyendas del etiquetado frontal de advertencia dentro de las escuelas. Según la SCJN, estos sellos permiten identificar productos con altos contenidos de azúcares, sodio, grasas saturadas, calorías u otros componentes críticos, ayudando así a prevenir el sobrepeso y la obesidad.

Cumplimiento normativo

La existencia de contratos que se hayan celebrado antes de la entrada en vigor de los lineamientos no exime a los proveedores de cumplir con la nueva normativa vigente, salvo en los casos específicos previstos por el régimen transitorio. Desde educación básica hasta el nivel universitario, las normas obligatorias regulan la preparación y venta de alimentos y bebidas. La SEP ha implementado una estrategia para eliminar la venta de comida chatarra en las escuelas del Sistema Educativo Nacional, con el objetivo de combatir el sobrepeso y la obesidad entre niños y adolescentes. Esto se logra a través de la regulación de la preparación, distribución y venta de alimentos y bebidas en planteles tanto públicos como privados.

La medida es parte del programa federal “Vive Saludable, Vive Feliz” y se conecta con el eje “Vida Saludable” de la Nueva Escuela Mexicana. Su alcance incluye escuelas de educación media superior y superior, lo que implica que también regula cooperativas, cafeterías y otros puntos de venta en el ámbito universitario. Hacia finales de 2025, aproximadamente el 86% de los planteles de educación básica y media superior ya había dejado de vender comida chatarra, según datos proporcionados por la SEP.

Los lineamientos oficiales prohíben la distribución de refrescos, botanas industrializadas, frituras y alimentos preparados con ingredientes que tengan sellos de advertencia. La reforma de los artículos 75 y 75 Bis de la Ley General de Educación se publicó en diciembre de 2023, facultando a la SEP para emitir estos lineamientos sobre alimentos y bebidas dentro de las escuelas, bajo criterios nutrimentales preestablecidos por la Secretaría de Salud. Este conjunto de reglas generales apareció en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2024, y su cumplimiento obligatorio comenzó el 29 de marzo de 2025, 180 días después de su publicación.

Las normas abarcan productos preparados, procesados y a granel. La prohibición se aplica a alimentos y bebidas que tengan sellos de advertencia en caso de excesos de azúcares, grasas saturadas, grasas trans, sodio o calorías, así como aquellos que contengan leyendas precautorias del etiquetado frontal mexicano. Además, no se permite la promoción de estos productos dentro de los planteles educativos. Entre los productos que no pueden ser vendidos o preparados se incluyen refrescos, jugos de caja, néctares, bebidas azucaradas o gasificadas, aguas de sabor industrializadas y leches saborizadas. La restricción también abarca frituras, chicharrones, nachos, botanas industrializadas, dulces, donas, pasteles, flanes, helados de crema y paletas.

Las cooperativas y cafeterías escolares han sustituido los alimentos con sellos por alternativas como agua natural, frutas de temporada, esquites y platillos tradicionales. Además, las escuelas deben abstenerse de ofrecer hamburguesas, hot dogs, pizzas, cacahuates fritos con sal, cueritos, frutas en almíbar, crema entera o media crema. Cualquier platillo preparado queda fuera de los lineamientos si utiliza ingredientes con sellos de advertencia. Los productos que contengan cafeína o edulcorantes tampoco están permitidos en los casos contemplados por las reglas.

La medida se restringe a la venta y distribución dentro de los planteles, permitiéndose que los estudiantes traigan alimentos desde casa, sin que se contemple una revisión generalizada de sus loncheras. Los lineamientos priorizan alimentos naturales, mínimamente procesados, locales, de temporada, económicos y de calidad. Según los criterios nutrimentales, se establece que las grasas totales deben representar entre el 25 y el 30% de la energía, los hidratos de carbono entre el 55 y el 60%, y las proteínas entre el 10 y el 15%, con límites para grasas saturadas, grasas trans, azúcares y sodio. El Manual para personas que preparan, distribuyen y venden alimentos en las escuelas incluye elote o esquites con limón, palomitas naturales, pasitas, alegrías u obleas con pepitas, cacahuates con cáscara, habas enchiladas y yogurt natural sin sellos como alternativas para las cooperativas.

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