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El largo escape termina en Salto con la negación de la extradición excura a Bolivia

Tras 17 años prófugo, la Justicia uruguaya rechazó la extradición excura a Bolivia. El juez Porciúncula centró su fallo en la prescripción del delito en Uruguay.

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Los delitos prescriptos que frenaron la extradición excura a Bolivia

La justicia uruguaya negó la extradición excura a Bolivia por prescripción

La Justicia uruguaya le bajó el pulgar a la extradición excura a Bolivia, un caso que generó conmoción a nivel regional. El ex sacerdote Juan José Sant’Anna, acusado de haber abusado sexualmente de unos treinta niños en el internado Ángel Gelmi, en Cochabamba, no será trasladado al país andino para enfrentar el juicio. El hombre había logrado mantenerse prófugo por más de 17 años, ignorando las diversas citaciones que le cursó la Justicia boliviana desde 2007.

El juez Matías Porciúncula fue claro en su dictamen. El argumento central de la decisión de no hacer lugar a la extradición excura a Bolivia fue la prescripción de la acción penal conforme a la ley uruguaya. Porciúncula explicó que, si bien Bolivia sostenía que la causa seguía vigente bajo su normativa, la ley nacional pesa para ejecutar el traslado. El magistrado recordó que, para que la extradición sea viable, la causa no puede haber prescrito en ninguno de los dos Estados involucrados, un principio de derecho internacional.

Los cálculos judiciales: el delito prescribió en 2021

El juez uruguayo entró de lleno en la madeja legal para fundamentar su fallo. El delito de abuso deshonesto que se le imputó a Sant’Anna en el país andino fue equiparado, bajo el derecho uruguayo, al delito de atentado violento al pudor. Para esta figura penal, el plazo máximo para evitar la prescripción es de diez años.

Este plazo se empezó a contar desde que Sant’Anna fue declarado en rebeldía, lo que sucedió en 2011. Según el cálculo estricto del magistrado, el delito habría prescripto en 2021. Lo llamativo y clave para la decisión fue que la Justicia de Bolivia no realizó ninguna gestión de fondo entre ese año y setiembre de 2025. Fue recién en ese momento que se emitió una alerta roja de Interpol, la que finalmente permitió la captura del excura.

El juez Porciúncula consideró que, para cuando se pidió la extradición excura a Bolivia mediante la alerta roja, ya era demasiado tarde legalmente para el derecho uruguayo. La Fiscalía, que tenía la chance de apelar el fallo, optó por no hacerlo. Juan José Sant’Anna queda, por el momento, en libertad, mientras se espera una respuesta formal de las autoridades bolivianas sobre el dictamen.

El fallo clave en la extradición excura a Bolivia

El juez Matías Porciúncula centró su fallo en la prescripción, negando la extradición excura a Bolivia.

El largo periplo: de Cochabamba al barrio Palomar de Salto

La historia de Sant’Anna arranca en el ámbito religioso. Aunque no logró ordenarse en la Congregación Salesiana en Uruguay por problemas de “vida en comunidad”, en 2005 viajó al exterior. Allí, en Cochabamba, fue ordenado en el clero secular, tomando a su cargo el ala masculina del internado Ángel Gelmi.

Este internado, ubicado en Tapacarí, una zona rural sumamente aislada y pobre, albergaba y educaba a decenas de gurises de contextos vulnerables. El exsacerdote tenía cerca de setenta varones bajo su tutela. Se ganó la confianza de los chiquilines jugando al fútbol, una estrategia que, según los testimonios, le sirvió para acercarse.

Los relatos recogidos por los investigadores judiciales en su momento son espeluznantes. La práctica habitual era invitar a los niños a ver videos a su habitación, trancando luego la puerta con llave. En ocasiones, se mencionó el uso de somníferos o la selección de más de un menor para llevarlos a su espacio privado.

La huida y el reconocimiento de la falta

Fue en octubre de 2007 cuando una monja descubrió la situación. Un niño, llorando, le contó que el padre Juanjo lo “molestaba mucho”. El relato del abuso se confirmó al día siguiente con más compañeros que describieron el mismo calvario. El arzobispo de Cochabamba fue avisado y ordenó una investigación interna inmediata.

A pesar de la denuncia formal posterior ante la Policía y las autoridades judiciales, hubo una demora de unos veinte días en el proceso. En ese lapso, Sant’Anna fue enviado a una residencia sacerdotal, pero no se lo retuvo y se fue. Documentos enviados por la Justicia boliviana a Uruguay sugieren que, en una conversación con el sacerdote Eugenio Coter, Sant’Anna habría “asumido haber cometido los delitos”.

El excura volvió a Uruguay y se refugió en la casa de su familia en Salto, en el barrio Palomar. Allí fue encontrado por Interpol en 2008. Aunque se mantuvo semioculto durante casi dos décadas, fue recién después de un informe de El País en agosto de 2025 que la Justicia de Bolivia aceleró la solicitud de captura, lo que condujo a la extradición excura a Bolivia que hoy fue negada.

La presión de Bolivia: el fantasma de la impunidad

El caso del padre Juanjo es un emblema de la impunidad que, según grupos de víctimas, disfrutan figuras religiosas acusadas de abuso sexual en Bolivia. La noticia sobre la posible extradición excura a Bolivia había generado un enorme eco mediático. Fue celebrada por la Comunidad Boliviana de Sobrevivientes, un grupo que pelea por la Justicia tras la revelación de los diarios del padre Alfonso Pedrajas, donde se detallaban 85 abusos y su posterior encubrimiento.

En Bolivia se clamaba por la recalificación del delito de abuso deshonesto a figuras penales más graves, como violación contra niños, niñas y adolescentes. Estos grupos sociales y políticos exigían que Sant’Anna fuera juzgado por la pena máxima, lo que podría haberle significado una condena de hasta 30 años. La negativa de la Justicia uruguaya dejó a estos colectivos “sin palabras”, según reportaron medios del país andino.

Los sobrevivientes sostienen que el delito de violación a menores debería equipararse a tortura o a un crimen de lesa humanidad. De esa forma, sería imprescriptible y perseguible más allá de las fronteras, un recurso que la Comunidad espera que se explore aún para lograr la extradición excura a Bolivia.

Dado el escenario planteado y la decisión judicial amparada en la ley uruguaya, ¿este dictamen sienta un peligroso precedente sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad o simplemente aplica, con rigidez, la norma local en un caso complejo de jurisdicción?

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