El Ministerio de Sanidad ha convocado un pleno extraordinario del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) para este miércoles, donde informará a las comunidades autónomas, a través de correo electrónico, sobre el proyecto de real decreto que regula la información previa al consentimiento en la interrupción voluntaria del embarazo y el papel del comité clínico en los casos de causas médicas.
Detalles de la convocatoria del CISNS
Fuentes ministeriales han señalado que Sanidad informará por correo de la tramitación del texto, mientras que las consejerías podrán enviar sus comentarios por la misma vía si lo consideran necesario. Este método de convocatoria está contemplado en el artículo 17.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
Antecedentes del proyecto de decreto
El pleno extraordinario se celebra una semana después de que el Consejo de Ministros autorizara el pasado martes la tramitación administrativa urgente del proyecto de RD. Este proyecto busca garantizar que, independientemente del territorio, todas las mujeres que opten por interrumpir voluntariamente su embarazo reciban una información veraz, clara, objetiva, accesible y acorde con la legislación vigente, como requisito para tomar una decisión libre e informada.
Este encuentro ha sido convocado tras cancelar el pleno que estaba previsto para el pasado viernes, donde se iba a tratar el proyecto de decreto que regula el Sistema de Información de Listas de Espera del SNS y establece medidas para unificar el tratamiento de estos datos.
Cambios introducidos en la información sobre la interrupción del embarazo
En relación al RD sobre información previa a la interrupción voluntaria del embarazo, las actualizaciones introducidas por la Ley Orgánica 1/2023, y que se adaptan en este proyecto, se centran en distinguir entre la información obligatoria, que debe proporcionarse siempre, y la información voluntaria, que solo se ofrece si la mujer embarazada lo solicita.
La información obligatoria incluirá aspectos como la naturaleza de la intervención, los diferentes métodos disponibles, centros sanitarios acreditados, trámites necesarios y derechos durante el procedimiento asistencial, entre otros. También se debe informar sobre los detalles de cada intervención, sus riesgos y consecuencias.
Información técnica y clínica detallada
El proyecto de decreto también exige informar específicamente sobre los métodos quirúrgico y farmacológico para la interrupción del embarazo, ya que anteriormente solo se hacía referencia a diferentes métodos sin especificar.
Para los casos de interrupción del embarazo después de las 14 semanas por razones médicas, se deberá ofrecer información sobre los diferentes procedimientos para que la mujer pueda elegir «la opción más adecuada» a su situación.
Otros temas, como la anticoncepción, el «sexo seguro», el asesoramiento antes y después de la interrupción, las ayudas públicas a mujeres embarazadas y los derechos laborales, se consideran información voluntaria, disponible solo a petición de la mujer.
Respecto al comité clínico que interviene en la interrupción voluntaria del embarazo por causas médicas, el proyecto de real decreto establece que debe haber un equilibrio de género en su composición, incluyendo titulares y suplentes, salvo por razones justificadas y objetivas.
Además, se especifica que no podrán formar parte de estos comités quienes estén inscritos en el registro de objetores, ni quienes lo hayan estado en los últimos tres años. Los dictámenes de estos comités serán emitidos por escrito, incluyendo el diagnóstico previo, los informes examinados, la valoración clínica, la conclusión y las razones clínicas para su confirmación.






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