La Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay (BCU) comunicó el jueves 20 de agosto de 2026 los ajustes aplicados al proyecto normativo que exige notificar a los clientes sobre el riesgo cambiario de mantener depósitos en moneda extranjera. La resolución adoptada por la autoridad monetaria revió el planteo inicial tras recibir objeciones de la Asociación de Bancos Privados del Uruguay (ABPU), el Banco República (BROU) y otras entidades del sector.
El texto definitivo del mensaje regulatorio del BCU
La propuesta original presentada por el BCU el 1 de junio buscaba requerir que los depositantes firmaran un consentimiento o descargo de responsabilidad al abrir cuentas en divisas, un mecanismo comparado en su momento por las autoridades con las advertencias nutricionales. Sin embargo, tras la consulta pública, el regulador optó por un mensaje estandarizado e informativo que prescinde de la exigencia de firma del usuario.
El texto fijado por la autoridad bancaria informará que los depósitos en moneda extranjera están expuestos al riesgo de tipo de cambio, aclarando que el equivalente en pesos uruguayos puede sufrir variaciones negativas o positivas según las fluctuaciones del mercado. La comunicación finalizará precisando que el aviso no constituye un asesoramiento financiero ni una recomendación de inversión.
Alcance acotado y plazos de aplicación para las instituciones
La resolución del organismo supervisor redujo el universo de usuarios que recibirán la notificación. El requerimiento se aplicará únicamente a clientes que sean personas físicas o empresas unipersonales residentes en el país. De esta forma, las autoridades dejaron fuera de la medida a los depositantes no residentes y a las empresas de mayor tamaño y complejidad financiera.
El BCU estableció que la comunicación se enviará por correo electrónico o a través de avisos destacados en las plataformas de banca por internet y aplicaciones digitales por un período mínimo de diez días hábiles. Las instituciones financieras deberán aplicar la norma a los nuevos clientes a partir del 1 de octubre, mientras que para la cartera de clientes actuales el plazo de notificación se extenderá hasta fin de año.
Las observaciones presentadas por los bancos del sistema
La modificación normativa respondió a los comentarios remitidos en junio por la ABPU y diversos bancos de la plaza local. En su nota al regulador, la gremial de bancos privados señaló que una comunicación que señalara únicamente posibles pérdidas podía generar confusión respecto al rol de las instituciones, ser interpretada como un asesoramiento sesgado y afectar la percepción de seguridad jurídica del sistema financiero.
Por su parte, el Banco República y entidades privadas sugirieron diferenciar el riesgo de producto del riesgo por el descalce entre la divisa del ahorro y la moneda en la que el cliente percibe sus ingresos o afronta sus gastos. Con la aprobación de este marco revisado, el BCU busca avanzar en la promoción de la moneda local sin alterar la operativa habitual ni la confianza de los depositantes.
El proceso de implementación de las notificaciones continuará bajo el cronograma fijado por la Superintendencia de Servicios Financieros, con el inicio de las comunicaciones obligatorias para nuevos usuarios registrado a partir de octubre.





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