Multas de tránsito y patente: la Justicia le puso un freno al «peaje» municipal
Se terminó el calvario de ir a pagar la patente y encontrarte con que sos rehén de una multa que ni sabías que tenías. En un fallo que nos devuelve un poco de aire a los que manejamos, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) liquidó la pelea por las multas de tránsito y patente. Ahora es oficial: ninguna intendencia, por más que patalee como lo hizo la de Salto, puede obligarte a pagar las infracciones como condición para estar al día con el impuesto de tu auto. Es una victoria del sentido común sobre la voracidad fiscal.
El exintendente de Salto, Andrés Lima, fue el abanderado de este reclamo que buscaba declarar inconstitucional la ley que prohíbe el cobro conjunto. Pero la Corte no le llevó el apunte. El argumento de que se violaba la «autonomía» no caminó, porque una cosa son las sanciones viales, y otra muy distinta es usar un tributo para extorsionar al vecino. Con este fallo, el SUCIVE tiene que separar las aguas y dejar que cada uno pague lo que puede y cuando puede.
El fin de la extorsión entre multas de tránsito y patente
El conflicto arrancó con la Ley 20.212, que fue clarita: no se puede condicionar un pago al otro. Las intendencias de Montevideo, Canelones y Salto pusieron el grito en el cielo porque perdían su «arma secreta» para recaudar. ¡Claro, así cualquiera cobra! Si te bloquean las contravenciones de tránsito, te obligan a desembolsar una fortuna para poder circular tranquilo. Pero la SCJ dijo basta; la naturaleza de una multa es castigar una falta, no puede ser un requisito previo para pagar un impuesto al rodado.
Esta resolución es un alivio inmenso para el bolsillo uruguayo. Ya no vas a tener que dejar el auto guardado porque tenés una multa en disputa que te impide pagar la cuota de la patente. La relación tóxica entre el tributo vehicular llegó a su fin por orden judicial. Ahora, si la intendencia quiere cobrarte la multa, que salga a la calle a gestionar el cobro como corresponde, en lugar de esperarte agachada en la ventanilla del SUCIVE.
Puntos clave del fallo histórico
Pago independiente: Podés generar el recibo de patente aunque debas diez multas.
Derrota de la presión: Las intendencias ya no tienen el mecanismo de «bloqueo» que usaban como extorsión.
Ley constitucional: La SCJ ratificó que el Parlamento puede proteger al contribuyente de estos abusos.
Derecho al día: Estar al día con la patente te permite circular legalmente, más allá de las sanciones pendientes.
¿Qué ganamos los ciudadanos con este cambio?
Ganamos libertad. La contribución anual de rodados separadas significan que el Estado te trata como un adulto y no como un rehén. El fallo desestimó el berrinche de los gobiernos departamentales que veían peligrar sus arcas. A llorar al campito, che; la autonomía departamental no es un cheque en blanco para pasarle por arriba a los derechos de la gente. Ahora, la transparencia manda: pagás tu impuesto y la multa corre por otro carril.
Conclusión editorial
Este fallo es una bocanada de aire fresco. Ver a un intendente pelear para que NO te dejen pagar un impuesto si no pagás una multa es, por lo menos, cínico. Por suerte, la Justicia puso las cosas en su lugar y entendió que las multas de tránsito y patente no tienen por qué ir de la mano. Uruguay da un paso hacia un sistema más justo, donde el radar no sea el que dicte si podés o no tener tus papeles al día. ¡A circular con la frente en alto, que el peaje de la patente se terminó!
Dejá tu comentario
Para comentar tenés que estar registrado y con sesión iniciada.
Comentarios (0)
Todavía no hay comentarios.











