El Tribunal Administrativo del Magdalena ha ordenado a las autoridades avanzar en soluciones estructurales para hacer frente a la crisis de agua potable en Santa Marta. Además, ha dispuesto que, en caso de que el proyecto de las dos plantas desalinizadoras resulte inviable tanto técnica como ambientalmente, deberán adoptarse otras alternativas de abastecimiento.
Decisión del Tribunal
La decisión, emitida el 30 de septiembre de 2026 con ponencia de la magistrada Maribel Mendoza Jiménez, se originó dentro de una acción popular promovida por la Procuraduría 13 Judicial II Ambiental y Agraria del Magdalena. Esta acción busca proteger los derechos colectivos relacionados con el acceso a servicios públicos eficientes, la salubridad pública y el ambiente sano.
El fallo involucra al Distrito de Santa Marta, la Empresa de Servicios Públicos del Distrito de Santa Marta (ESSMAR), el Ministerio de Vivienda y el Departamento Nacional de Planeación. En relación con las plantas desalinizadoras, el Tribunal ha ordenado continuar con las actuaciones requeridas para su estructuración, financiación y eventual ejecución, de acuerdo con el CONPES 4159 de 2025.
Alternativas frente a la inviabilidad del proyecto
Sin embargo, la decisión permite que dicho proyecto no continúe si los estudios determinan que no es viable desde las perspectivas técnica o ambiental. En tal caso, las entidades responsables deberán implementar otras soluciones que permitan abordar de manera estructural el déficit de agua potable de la ciudad.
Este pronunciamiento se produce después de que el presidente Abelardo de la Espriella descartara el 25 de septiembre el proyecto de desalinizadoras, al considerarlo técnicamente inviable. Posteriormente, el mandatario se comprometió a presentar una solución concreta para la crisis de abastecimiento de Santa Marta en un plazo de diez días, plazo que venció el 15 de octubre sin que se presentara públicamente la alternativa prometida.
Medidas ordenadas para mejorar el abastecimiento de agua
El fallo también requiere tomar las decisiones administrativas, presupuestales y contractuales necesarias para ejecutar las obras priorizadas dentro del Plan Maestro de Acueducto, Alcantarillado Sanitario y Pluvial. Estas actuaciones deben incluir cronogramas, etapas y fuentes de financiación claramente definidas.
Entre las medidas determinadas por el Tribunal se encuentra la priorización de recursos para la Planta de Tratamiento de Agua Potable El Curval, así como para el diseño y construcción de la PTAP Toribio. También se ha ordenado implementar un plan de contingencia que garantice el suministro continuo de agua, priorizando el consumo humano y doméstico.
Acciones adicionales y seguimiento
La decisión incluye medidas destinadas a reducir las pérdidas en las redes de distribución, monitorear el acuífero y la posible intrusión de agua marina, ampliar las redes de alcantarillado y ejecutar obras de saneamiento. Se contemplan además acciones de recuperación en las rondas hídricas de los ríos Manzanares, Gaira y Piedras, así como de la quebrada Bureche.
El Tribunal pretende que las soluciones no se concentren únicamente en una obra específica, sino que aborden los problemas de infraestructura, abastecimiento y saneamiento que afectan a la ciudad. Para supervisar el cumplimiento, se ha creado un Comité de Verificación encargado de presentar informes bimestrales sobre los avances logrados por las entidades responsables.
Este mecanismo permitirá realizar un seguimiento judicial a los compromisos, las inversiones y las decisiones administrativas adoptadas frente a la emergencia. La orden deja así dos caminos: continuar con la estructuración de las desalinizadoras siempre que superen los estudios requeridos, o reemplazarlas por alternativas técnicamente viables que garanticen una solución permanente para el abastecimiento de agua en Santa Marta.






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