Salud y bienestar

Advierten contradicciones en el protocolo de eutanasia en Uruguay

Consulta médica sobre el protocolo de eutanasia en Uruguay para pacientes con enfermedades avanzadas.
El protocolo sobre el Deseo de Adelantar la Muerte reabre la discusión bioética en el sistema de salud.

El especialista en bioética Fishel Szlajen advirtió este 29 de agosto de 2026 en Montevideo que el protocolo de eutanasia en Uruguay —elaborado en junio por el Ministerio de Salud Pública para abordar el Deseo de Adelantar la Muerte (DAM)— presenta una contradicción conceptual al incorporar una medida irreversible frente a un síntoma que la propia norma define como dinámico y fluctuante.

La naturaleza fluctuante del sufrimiento humano El documento oficial emitido por la cartera de salud analiza el Deseo de Adelantar la Muerte como una manifestación reactiva al dolor y al deterioro psicofísico en fases avanzadas de la enfermedad. El protocolo sostiene que esta vivencia resulta altamente dinámica, dependiente del contexto sociocultural del paciente y expresable a través de múltiples causas que van desde el dolor físico severo hasta la soledad o el temor a convertirse en una carga familiar.

Bajo este enfoque, las directrices sanitarias instan a los profesionales a explorar a fondo los condicionantes reversibles antes de dar cualquier respuesta definitiva. La norma impone investigar patologías tratables como la depresión, la ansiedad o el abordaje de carencias asistenciales y sociales, disponiendo el fortalecimiento del acompañamiento y la aplicación de cuidados paliativos o sedación adecuada según la complejidad del cuadro.

El dilema entre reversibilidad y decisión irreversible No obstante, el análisis bioético remarca una quiebra lógica en la estructura del protocolo al considerar la eutanasia como el último recurso disponible dentro de la continuidad asistencial. La objeción central radica en aplicar una intervención letal irreversible para resolver una condición clínica calificada previamente por el propio texto oficial como inestable y modificable mediante el tratamiento oportuno.

Se diferencia el retiro de terapias desproporcionadas —acto que permite el curso natural de la patología— de la provocación intencional de la muerte. Mientras la adecuación del esfuerzo terapéutico y los cuidados paliativos mantienen a la persona como sujeto de la atención médica, la intervención eutanásica altera el fin clínico al convertir la muerte en la herramienta directa para finalizar el padecimiento.

Equidad sanitaria y deber del sistema público La controversia incluye una dimensión de justicia distributiva en el sistema de salud. El planteo advierte sobre el riesgo de que la solicitud de adelantar el fallecimiento encubra deficiencias estructurales en el acceso a terapias de alivio de calidad, contención psicológica o apoyo a las familias vulnerables durante la etapa terminal.

En ese sentido, se enfatiza que la verdadera autonomía del paciente requiere garantías integrales de asistencia sin coacciones socioeconómicas o asistenciales. Si la demanda de morir responde a la falta de cobertura paliativa o al abandono, la opción irreversible corre el riesgo de sustituir la responsabilidad pública de brindar cuidados dignos frente a la fragilidad.

Implicancias para el debate regional Las observaciones formuladas al esquema uruguayo abren un precedente relevante para la discusión bioética en América Latina. La discusión médica prioriza profundizar la interpretación del sufrimiento, fortalecer los programas paliativos y agotar todas las alternativas terapéuticas antes de validar marcos legales que incorporen la aceleración deliberada del final de la vida.