El propósito del Pico y Placa: disminuir la circulación vehicular y mejorar la calidad del aire
Antes de salir de casa, es importante verificar si su vehículo tiene permitido circular en el día, dado que en Bogotá rige el programa de restricción vehicular conocido como Pico y Placa. Este sistema busca reducir el flujo de automóviles en las calles y, con ello, disminuir los niveles de contaminación ambiental en la ciudad.
Registro y variaciones del programa según el día y el tipo de vehículo
El Pico y Placa en Bogotá varía según el día de la semana y, en ocasiones, por la hora e incluso por el tipo de vehículo, que puede ser particular, motocicleta, taxi, entre otros. Desde su implementación en 1998, el programa ha estado en funcionamiento por más de dos décadas, adaptándose a las necesidades de la ciudad y a las políticas ambientales.
Para este viernes 23 de octubre, la Alcaldía de Bogotá ha establecido las restricciones previstas en el calendario oficial. Es fundamental que los conductores consulten las reglas específicas para evitar sanciones y facilitar la movilidad urbana.
Funcionamiento del Pico y Placa: distribución por dígitos y horarios
El criterio principal para los vehículos particulares es el último dígito de la placa. Los autos terminados en 1, 2, 3, 4 o 5 no circularán los días pares, mientras que aquellos con terminaciones en 6, 7, 8, 9 u 0 no podrán transitar en días impares.
El horario de restricción para vehículos particulares es de 6:00 a.m. a 9:00 p.m., de lunes a viernes, excluyendo fines de semana y días festivos. Los transportes de servicio público, como taxis y vehículos de transporte especial, tienen un esquema de restricción diferente, en grupos de dos dígitos, que también cambia semanalmente.
Medidas de excepción y alternativas para circular libremente
Algunas categorías de vehículos están exentas del Pico y Placa, como los eléctricos, híbridos, de cero emisiones, motocicletas, vehículos diplomáticos, de funerarias, de emergencia y seguridad, transporte de personas con discapacidad, así como los de control de tráfico, medios de comunicación, transporte escolar y otros destinados a actividades específicas.
Para beneficiarse de estas excepciones, los conductores deben registrar previamente su vehículo ante la Secretaría de Movilidad de Bogotá. Además, existe la opción del llamado Pico y Placa Solidario, que permite a los conductores circular en determinados días, semanas o meses mediante un pago económico que contribuye a mejorar el Sistema Integrado de Transporte Público de la ciudad.
Pico y Placa Regional: restricciones adicionales en días festivos
El programa también contempla una restricción regional, aplicada en el último día de todos los puentes festivos en los nueve corredores de ingreso a Bogotá. La prohibición en estos casos varía según el último dígito de la placa y los horarios se ajustan de la siguiente manera: los vehículos con placas terminadas en número impar no podrán circular de 12:00 p.m. a 4:00 p.m., mientras que los de terminación par tendrán restricción de 4:00 p.m. a 8:00 p.m.
- Autopista Norte: desde el peaje Andes hasta el portal Norte.
- Autopista Sur: desde el límite de Soacha hasta la avenida Boyacá.
- Avenida Centenario (calle 13): desde el río Bogotá hasta la avenida Cali.
- Avenida Calle 80: desde el puente de Guadua hasta el portal 80.
- Avenida Carrera 7: desde la calle 245 hasta la calle 183.
- Avenida Boyacá vía al Llano: desde el túnel Argelino Durán Quintero hasta la vía al Llano.
- Vía Suba Cota: desde el río Bogotá hasta la calle 170.
- Vía La Calera: desde el peaje Patios hasta la carrera 7.
- Vía a Choachí: desde la vía a Monserrate hasta la avenida circunvalar.
Los vehículos exentos en estas restricciones regionales incluyen aquellos con tres o más ocupantes, personal médico, vehículos con Pico y Placa Solidario, y otros autorizados según normativa vigente.
Sanciones por incumplimiento del Pico y Placa
Las autoridades de Bogotá están facultadas para imponer sanciones en caso de incumplimiento del programa. La multa económica durante 2023 asciende a 522.900 pesos colombianos, además de la inmovilización del vehículo, conforme a lo establecido en el Código Nacional de Tránsito bajo la infracción C.14.






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