La Alcaldía de Cartagena aplica este martes 6 de octubre de 2026 el programa de restricción de movilidad conocido como Pico y Placa. La medida busca disminuir el flujo vehicular en las arterias principales de la ciudad, minimizar los tiempos de desplazamiento, reducir el riesgo de siniestralidad vial y aportar a la mejora de la calidad del aire en la zona urbana y turística.
De acuerdo con el esquema de rotación que comenzó el lunes 5 de octubre de 2026 y que estará vigente hasta el 22 de enero de 2027, la restricción para este martes contempla la prohibición de circular para los automóviles particulares con patentes terminadas en los dígitos 3 y 4.
En lo que respecta a las motocicletas, la normativa municipal dispone que la restricción abarca también a los dígitos 3 y 4 durante la jornada del martes. Las autoridades instan a los conductores a verificar el último número de su placa antes de ingresar al casco urbano.

Esquema de horarios según el tipo de transporte
El reglamento fijado por el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT) establece turnos específicos de restricción según la modalidad del vehículo:
Automóviles particulares: opera de lunes a viernes (excepto festivos) en dos franjas horarias: de 07:00 a 09:00 horas en la mañana y de 18:00 a 20:00 horas en la tarde.
Motocicletas: rige de manera continua entre las 05:00 y las 23:00 horas del mismo día.
Taxis: la medida para este tipo de transporte opera por turnos de 24 horas consecutivas, desde las 06:00 horas hasta las 06:00 horas del día siguiente. Para este martes 6 de octubre, la restricción del calendario no contempla afectación directa dentro de su rotación regular para la flota general.
- Excepciones autorizadas y penalidades por incumplimiento

Para circular durante el horario de restricción sin incurrir en infracciones, los propietarios de determinados vehículos deben solicitar el Permiso Especial de Acceso a Zona de Restricción Vehicular. Entre los rodados exentos figuran las unidades 100 % eléctricas o de cero emisiones, vehículos oficiales, de emergencia, atención médica, transporte de medicamentos, traslado de órganos, recolección de residuos hospitalarios, grúas, transporte escolar, de valores y de enseñanza automovilística.
Asimismo, se contemplan excepciones para vehículos asignados a medios de comunicación, servicios turísticos debidamente acreditados y caravanas fúnebres. Para hacer efectiva la exención, es requisito presentar la documentación al día del rodado y del conductor, junto con el certificado de paz y salvo por todo concepto de tránsito.
En caso de incumplir con la normativa del Pico y Placa, los conductores se exponen a las sanciones previstas por el Código Nacional de Tránsito de Colombia. La multa económica asciende a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes —equivalentes a 711.750 pesos colombianos—, monto al que se suma la inmovilización preventiva del vehículo y su posterior traslado a los patios oficiales.






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